El 3 de agosto, los ministros de Relaciones Exteriores de los 10 estados miembros de la Asociación de Naciones del Sudeste Asiático (ASEAN) y su contraparte china anunciaron un acuerdo sobre un Proyecto Único de Texto de Negociación del Código de Conducta del Mar Meridional de China (SDNT) que servirá como base para la adopción de un Código de Conducta en el Mar Meridional de China.
El SDNT tiene 19 páginas tamaño A4. Está estructurado de acuerdo con el Acuerdo Marco sobre el Código de Conducta adoptado anteriormente en tres secciones principales: disposiciones del preámbulo, disposiciones generales y cláusulas finales. El SDNT tiene un código de color negro para el texto tomado del Marco COC, azul para el texto consolidado y verde para identificar la entrada de las 11 partes.
El SDNT repite la redacción del Código Marco de Conducta de que no es un instrumento para dirimir disputas territoriales o cuestiones de delimitación marítima. Bajo la Sección 2 sobre Principios Generales, Malasia insertó la advertencia legal estándar que:
Las Partes reconocen además que el COC no aborda ni afecta la posición de las Partes sobre cuestiones jurídicas relacionadas con la solución de controversias, los límites marítimos o los derechos marítimos permisibles de las Partes en virtud del derecho internacional del mar y consagrados/reflejados en la UNCLOS de 1982 .
El espacio impide un resumen completo y un análisis del SDNT. Este artículo aborda cinco temas principales: el alcance geográfico de los documentos; solución de controversias; el deber de cooperar; el papel de los terceros; y el estatus legal del Código de Conducta final en el Mar Meridional de China.
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Ámbito Geográfico
El SDNT no define claramente el alcance geográfico del Mar de China Meridional. Según las Disposiciones generales, Vietnam sugirió que el presente Código de conducta se aplique a todas las características en disputa y áreas marítimas superpuestas reclamadas en virtud de la UNCLOS de 1982 en el Mar de China Meridional. Indonesia insertada, las Partes se comprometen a respetar la Zona Económica Exclusiva y la plataforma continental de los estados ribereños según lo dispuesto en la UNCLOS de 1982.
Malasia propuso que, dependiendo de los elementos/contenidos operativos del COC, es posible que se deba definir el alcance geográfico/ámbito de aplicación, mientras que Singapur insertó el comentario de que las Partes tal vez deseen considerar la utilidad de incluir una sección que defina los términos contenidos en el presente.
Solución de controversias
Una gran parte del SDNT se dedica a la prevención, gestión y resolución de disputas en el Mar de China Meridional entre las partes. El SDNT, sin embargo, no contiene ninguna referencia específica a los mecanismos de disputa vinculantes incluidos en el Anexo VII de UNCLOS.
Con respecto a la solución de controversias, Indonesia ofreció lo siguiente:
Las Partes acordaron, según corresponda, recurrir al Consejo Superior del Tratado de Amistad y Cooperación (TAC) con el consentimiento de las Partes interesadas, para resolver cualquier disputa relacionada con incidentes que surjan en el Mar de China Meridional.
Las Partes acordaron que cualquier incidente no resuelto puede ser remitido a un mecanismo de resolución de disputas internacional apropiado, con el consentimiento de las Partes involucradas.
Vietnam propuso que las partes solucionen sus disputas a través de negociaciones amistosas, investigaciones, mediación, conciliación y otros medios que puedan ser acordados por las Partes Contratantes en disputa. De no ser así, Vietnam sugirió que los litigantes utilicen el mecanismo de resolución de disputas según las disposiciones pertinentes del Tratado de Amistad y Cooperación en el Sudeste Asiático.
Vietnam concluyó que nada en el COC impedirá la solución pacífica de controversias en virtud del Artículo 33(1) de la Carta de las Naciones Unidas. El artículo 33 incluye otros medios como el arbitraje, el arreglo judicial, el recurso a organismos o arreglos regionales u otros medios pacíficos decididos por las partes interesadas.
El SDNT contiene dos opciones para monitorear la implementación. La primera opción, apoyada por Brunei, Camboya, China, Malasia y Singapur, asigna la responsabilidad a la Reunión de Altos Funcionarios de ASEAN-China. La segunda opción, propuesta por Vietnam, contempla la creación de una Comisión dirigida por los ministros de Relaciones Exteriores o sus representantes.
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Deber de cooperar
El SDNT se basa en las disposiciones de la UNCLOS según las cuales los estados signatarios tienen el deber de cooperar para proteger el medio ambiente marino en un mar semicerrado y, en espera de la resolución de disputas, los estados signatarios deben celebrar acuerdos de naturaleza práctica.
La sección 2 (Disposiciones generales), subsección c (Compromisos básicos) contiene seis puntos: i (Deber de cooperar), ii (Promoción de la cooperación marítima práctica), iii (Autolimitación/Promoción de la confianza), iv ( Prevención de incidentes), v (Gestión de incidentes), y vi (Otros compromisos, de conformidad con el derecho internacional, para cumplir con los objetivos y principios del COC).
La Sección 2.c es quizás la parte más conflictiva del SDNT. Por ejemplo, esta sección incluye una elaboración ampliada de cuatro opciones sobre el deber de cooperar y la promoción de la cooperación marítima práctica, seguida de dos conjuntos de opciones sobre autocontrol/promoción de la confianza, y una discusión final de los tres puntos restantes. El SDNT luego incluye una propuesta de Vietnam para reemplazar 2.c (Entendimientos básicos) en su totalidad con 27 puntos que prescriben lo que los estados deben hacer y lo que no deben hacer.
En la Sección 2.c (i y ii), Filipinas, Indonesia y Singapur, China y Camboya, respectivamente, propusieron cuatro opciones separadas sobre el deber de cooperar. Con la excepción de China, todas las demás opciones incluían básicamente las cinco áreas de cooperación incluidas en la Declaración sobre la Conducta de las Partes en el Mar de China Meridional (DOC). Estos incluyen: la protección del medio ambiente marino, la investigación científica marina, la seguridad de la navegación y las comunicaciones en el mar y la lucha contra la delincuencia transnacional. La propuesta de Indonesia incluye la pesca ilegal en la lista del DOC sobre delincuencia transnacional, tráfico de drogas ilícitas, piratería y robo a mano armada en el mar, y tráfico ilegal de armas. La propuesta de Camboya incluye conectividad marina.
La contribución de China se superpone en parte con las otras opciones, pero es notable por el detalle que proporciona en seis áreas de cooperación, conservación de los recursos pesqueros, derecho marítimo y cooperación en materia de seguridad, navegación y búsqueda y salvamento, investigación científica marítima y protección del medio ambiente, economía marina, incluida acuicultura y cooperación en petróleo y gas, y cultura marina.
Lo más significativo es que la propuesta de China sobre la cooperación en la economía marina establece que la cooperación debe ser llevada a cabo por los estados ribereños y no se llevará a cabo en cooperación con empresas de países fuera de la región. Por el contrario, Malasia propuso que nada en el COC afectará los derechos o la capacidad de las Partes para realizar actividades con países extranjeros o entidades privadas de su propia elección.
Se proponen dos opciones bajo el encabezado 2.c.iii Autocontrol/Promoción de la confianza. La primera opción fue presentada por Indonesia e incluye cuatro medidas: diálogos entre oficiales militares y de defensa, trato humano de personas en peligro, notificación voluntaria de ejercicios militares conjuntos/combinados inminentes e intercambio de información relevante de manera regular.
La segunda opción bajo 2.c.iii contiene siete puntos, cinco de los cuales son propuestos por China, uno propuesto por Filipinas y un punto final propuesto conjuntamente por China y Filipinas.
El primer punto de China establece que las actividades militares en la región conducirán a mejorar la confianza mutua. El segundo punto de China exige intercambios entre las fuerzas militares y de defensa, incluidas escalas mutuas en puertos de buques militares y patrullas conjuntas de manera regular. El punto tres exige la realización de ejercicios militares conjuntos entre China y los Estados miembros de la ASEAN de forma regular.
El punto cuatro de China dice:
Las Partes establecerán un mecanismo de notificación sobre actividades militares y se notificarán mutuamente sobre actividades militares importantes si lo consideran necesario. Las Partes no realizarán ejercicios militares conjuntos con países de fuera de la región, a menos que las partes interesadas sean notificadas con anterioridad y no manifiesten objeción alguna.
El quinto punto de China señala que los buques y aeronaves militares disfrutan de inmunidad soberana y son inmunes a la jurisdicción de cualquier Estado que no sea el del pabellón. Además, los buques y aeronaves militares tienen derecho a la autodefensa, pero deben tener debidamente en cuenta los buques y aviones militares de los otros bandos.
China y Filipinas insertaron el punto seis que pedía el trato justo y humano de todas las personas que están en peligro o en peligro en el Mar de China Meridional.
Finalmente, Filipinas propuso el punto siete que incluía el respeto del ejercicio de los derechos de pesca tradicionales por parte de los pescadores [y] el acceso a las características y zonas de pesca.
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Vietnam presentó sus propias propuestas para reemplazar todo lo anterior en la Sección 2.c. Vietnam sugirió que los Estados contratantes respeten las zonas marítimas previstas y establecidas de conformidad con la UNCLOS de 1982. Vietnam también sugirió que los Estados contratantes proporcionen una notificación de 60 días sobre ejercicios/simulacros militares conjuntos/combinados inminentes en el Mar de China Meridional.
Vietnam también sugirió orientación específica sobre lo que los Estados contratantes no deben hacer, incluida la construcción en cualquier isla artificial, militarizar características, bloquear embarcaciones que transporten provisiones o personal para rotación, declarar una Zona de identificación de defensa aérea y realizar ataques simulados contra las embarcaciones y aeronaves de otros países
Papel de los terceros
Los terceros son estados que no son signatarios del COC. No hay referencia en el SDNT sobre la adhesión al COC por parte de terceros. Brunei propuso que luego de la entrada en vigor del COC, las Partes puedan proponer conjuntamente una resolución bienal de la AGNU (Asamblea General de las Naciones Unidas) que garantizaría que todos los demás países respeten los principios contenidos en el COC.
Como se señaló anteriormente, el aporte de China al SDNT tiene como objetivo vincular a los estados miembros de la ASEAN en el COC y limitar, si no excluir, la participación de terceros.
Estatus legal
El SDNT no incluye una referencia al COC como un tratado bajo el derecho internacional. Sí contiene una propuesta de Viet Nam de que los Estados contratantes han consentido en obligarse por el presente Código de conducta. Viet Nam también sugirió que el COC esté sujeto a ratificación de conformidad con el procedimiento interno respectivo de los Estados signatarios y que se deposite el instrumento de ratificación. con el Secretario General de la ASEAN, quien registrará el COC de conformidad con el Artículo 102 de la Carta de las Naciones Unidas.
Tanto Brunei como Vietnam propusieron por separado que ninguna Parte Contratante pueda tener una reserva al firmar el COC.
El texto actual del SDNT está repleto de referencias al derecho internacional en general ya la UNCLOS en particular. Sin embargo, no menciona el deber de los estados parte de UNCLOS de cumplir inmediatamente con los laudos emitidos a través de procedimientos arbitrales establecidos en el Anexo VII.
El SDNT es un documento vivo, lo que significa que las partes pueden agregar o restar al proyecto de texto. El texto de la SDNT incluye la posibilidad de incluir guías y protocolos en un anexo.
El SDNT también es un trabajo en progreso que está programado para pasar por al menos tres lecturas para crear un Código de Conducta final en el Mar de China Meridional.